Según los alcances de la Ordenanza 178/17, los jubilados y pensionados podrán solicitar la EXENCION DEL 50% en:
• Tasas municipales.
• Contribuciones por mejoras.
• Licencias de conducir.
REQUISITOS:
• Percibir haberes mínimos establecidos.
• Ser titular de una vivienda única.
INFORMESE EN LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL





